Con la publicación de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, incluyendo los anexos 1, 1-A, 14, 15 y 29, el 12 de diciembre de 2024, se incorporaron cambios relevantes relacionados con los CFDI de tipo ingreso. Estos incluyen la incorporación de una nueva clave en el catálogo de “Objeto Impuesto” y modificaciones en la marca de retención.
1. Clave “06 - Sí objeto del IVA, No traslado IVA”
Conforme al Artículo Décimo del Decreto que fomenta la inversión en los Polos Industriales del Bienestar Progreso I y Mérida I (POINBI) en Yucatán, se otorga un estímulo fiscal consistente en un crédito equivalente al 100% del IVA por ciertas operaciones. Este estímulo será procedente mientras no se traslade al adquirente de los bienes o servicios mencionados cantidad alguna por concepto del Impuesto al Valor Agregado y, en tanto, los bienes, servicios o el uso o goce temporal de bienes sean utilizados y aprovechados por los adquirentes en la realización de sus actividades económicas productivas al interior de los polos.
En las reglas de RMF se contempla que los contribuyentes que apliquen el estímulo fiscal en materia del IVA por las operaciones que realicen al interior de los POINBI, para efectos de la expedición de los CFDI podrán reflejar la aplicación del estímulo fiscal en el CFDI, usando la clave "06", "Sí objeto del IVA, No traslado IVA" del catálogo c_ObjetoImp, que señala el Anexo 20, en las actividades económicas productivas que realicen.
Aunque aún no se actualiza el catálogo “Objeto Impuesto” del CFDI versión 4.0, se espera que en los próximos días se publique la modificación correspondiente y que los contribuyentes puedan plasmar la calve correspondiente en los comprobantes fiscales que emitan.
2. Marca de retención para emisores del CFDI
El Anexo 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal establece disposiciones para los Proveedores de Certificación (PCCFDI) y los CFDI, incluyendo la validación de la marca de retención. Esta marca corresponde a los contribuyentes emisores de CFDI de tipo Ingreso que son sujetos de retención de impuestos, anteriormente se contemplaban tres incisos y actualmente se modifica el inciso “a” y se deroga el inciso “c”, sirva la siguiente tabla comparativa para mostrar los cambios.
Conclusión:
Estos ajustes refuerzan la claridad en la emisión de CFDI y alinean las disposiciones con los estímulos fiscales vigentes. Es fundamental que los contribuyentes actualicen sus procesos para reflejar correctamente estas modificaciones y eviten errores en la aplicación de las reglas fiscales.
LCP Miguel Ángel Enríquez Ureña