A partir del 01 de enero del 2022, el Complemento de Nómina versión 1.2 se integró a la versión 4.0, revisión “C”, del CFDI, no obstante, de acuerdo al artículo noveno transitorio de la RMF para 2023, se indicó que podrían optar por emitir el CFDI de Nómina hasta el 30 de junio de 2023 en su versión 3.3, ya que a partir del 01 de julio la única versión válida para estos CFDI sería la 4.0.
Estamos a pocos días de que finalice la opción de timbrar en la versión 3.3, por lo que se recomienda, si todavía no lo está haciendo, que ya se realice el timbrado con la versión 4.0, el sistema SFacil NOMINAS® le facilita el exacto cumplimiento de esta obligación, además de brindarle prácticas e innovadoras opciones para el control de su nómina.
Para poder realizar el timbrado en la nueva versión es importante que tenga a la mano el RFC, nombre y el código postal del domicilio fiscal de sus trabajadores, estos tres datos deberán coincidir con los registrados en la base de datos del SAT.
Se recuerda que quienes hacen pagos por los conceptos a los que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR (Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios) y que estén obligados a emitir CFDI por los mismos, podrán solicitar a la autoridad fiscal a través del portal del SAT, la información relacionada con la inscripción en el RFC de las personas a quienes les realizan los referidos pagos, siempre que durante los últimos doce meses, el solicitante les haya efectuado pagos por esos mismos conceptos en términos de la citada Ley.
Las personas obligadas a emitir los CFDI, podrán realizar por única ocasión la solicitud a que se refiere el párrafo anterior, de conformidad con la ficha de trámite 320/CFF “Solicitud de datos en el RFC de asalariados”, contenida en el Anexo 1-A.
LCP MIGUEL ANGEL ENRIQUEZ UREÑA
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